Durante el año 2024, casi un millón de clientes presentaron reclamaciones ante compañías de electricidad y gas en España. Sin embargo, solo un porcentaje relativamente bajo de estas reclamaciones resultaron favorables para los consumidores en primera instancia. A pesar de ello, se observó que las tasas de éxito se duplicaron cuando los clientes acudieron a una Junta Arbitral de Consumo en segunda instancia.
Las Juntas Arbitrales de Consumo se presentan como una alternativa extrajudicial, ágil y eficaz para resolver conflictos cuando las compañías no dan la razón a los clientes. A pesar de sus beneficios, un bajo porcentaje de consumidores recurren a este sistema debido a su escasa popularidad.
En España, existen más de 50 entidades de arbitraje en los sectores de electricidad y gas, cumpliendo con las normativas europeas. La mayoría de los clientes tienen contratos con comercializadoras adheridas a entidades de resolución alternativa de litigios, pero el uso de estas entidades sigue siendo limitado en el país.
El laudo emitido en el arbitraje es vinculante para las partes involucradas, y en caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio en la mediación, los consumidores pueden continuar con el proceso de arbitraje. Con la entrada en vigor del Real Decreto 88/2026, se establece el derecho de los consumidores de electricidad a conocer de manera transparente a qué entidad está adherida su comercializadora, distribuidora y agregador independiente.
La CNMC supervisa la información proporcionada por las compañías a los consumidores sobre estos mecanismos, reforzando las obligaciones de adhesión, información y accesibilidad a los mecanismos de resolución alternativa de litigios. Durante el año 2026, se priorizará la supervisión del cumplimiento de estas obligaciones, extendiéndose también a las distribuidoras eléctricas.
FUENTE
