Las compañías de tren que operan en España (Renfe, Iryo y Ouigo) deberán abonar las indemnizaciones por retrasos que establece la normativa europea si eliminan sus «compromisos de puntualidad» por las limitaciones de velocidad que ha impuesto Adif en determinados trayectos de alta velocidad, según ha advertido en un comunicado Facua-Consumidores en Acción.
Esta medida podría afectar a los usuarios que utilicen estos servicios de transporte, ya que en caso de retrasos, las compañías estarían obligadas a compensar económicamente a los pasajeros. La normativa europea establece diferentes cantidades a abonar en función del tiempo de retraso, por lo que las empresas deberán cumplir con estas obligaciones si deciden eliminar sus compromisos de puntualidad.
Además, la imposición de limitaciones de velocidad por parte de Adif en ciertos trayectos de alta velocidad podría provocar una mayor incidencia de retrasos, lo que a su vez aumentaría el número de indemnizaciones a abonar. Por lo tanto, las compañías de tren tendrán que sopesar si están dispuestas a asumir estos costes adicionales en caso de incumplimiento de los horarios previstos.
En definitiva, esta situación pone de manifiesto la importancia de garantizar la puntualidad en el transporte ferroviario, no solo para ofrecer un servicio de calidad a los usuarios, sino también para cumplir con la normativa vigente en materia de compensaciones por retrasos.
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