La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el proyecto de real decreto que modifica el sistema de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE). Este nuevo modelo actualiza el porcentaje del rendimiento de la tasa sobre reserva del dominio público radioeléctrico a favor de CRTVE, así como la forma en que se calculan los pagos.

El actual sistema de financiación de CRTVE se basa principalmente en recursos públicos, combinando compensaciones por el cumplimiento de obligaciones de servicio público con un porcentaje sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva del dominio público radioeléctrico. Además, se incluyen aportaciones obligatorias de operadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y de intercambio de vídeos, junto con otros ingresos complementarios.

En los últimos años, más del 90 % de los ingresos de CRTVE han provenido de fuentes públicas, siendo significativos los ingresos de la tasa radioeléctrica, que representaron el 42,9 % y el 41,9 % del total de ingresos en 2023. La reforma propuesta busca mejorar la gestión de los pagos relacionados con esta tasa, actualizando los criterios contables para reducir desajustes temporales y mejorar la estabilidad financiera de CRTVE.

Además, la reforma aumenta el porcentaje del rendimiento de la tasa hasta el 99%, siempre dentro del límite legal de 480 millones de euros anuales. La CNMC destaca que este cambio no implicará un aumento automático de la financiación recibida por CRTVE, ya que la Corporación ya se encuentra en el máximo legal permitido.

La CNMC valora positivamente esta reforma, considerando que mejorará la estabilidad financiera de CRTVE en condiciones normales de operación, sin suponer un mayor coste para los Presupuestos Generales del Estado. Asimismo, se espera que esta nueva financiación favorezca el cumplimiento de las funciones de servicio público al reducir la exposición a variaciones en la recaudación efectiva de la tasa.

Por último, la CNMC recomienda incluir expresamente en el preámbulo que la supresión de la publicidad y los contenidos de pago en CRTVE se aplicará «sin perjuicio» de ciertas excepciones previstas en la Ley 8/2009, como campañas institucionales o patrocinios no comerciales.
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Por Redaccion

Pablo Arranz es licenciado en ADE por la Universidad Complutense y tiene un máster en Dirección de Personas y Desarrollo Organizativo por ESIC. Interesado en el networking y el social media, orienta su trayectoria hacia la gestión del talento y el desarrollo organizativo.

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