La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado la segunda fase del análisis de la operación en la que la naviera DFDS adquiere el control exclusivo de determinados activos de su competidora Armas. Esta adquisición supone la cuarta operación derivada de la venta de los activos de Armas, tras la notificación de otras tres compras por parte de Baleària.

Ambas compañías están presentes en el mercado de transporte marítimo regular de carga rodada y pasajeros en las rutas a Tánger y Ceuta. Sin embargo, en la primera fase del análisis, la CNMC ha identificado posibles riesgos para la competencia en los dos mercados debido a la elevada concentración que se produciría.

En el mercado del Sur Península – Estrecho, la operación de DFDS se superpone con una operación notificada por Baleària, lo que podría resultar en la salida de Armas y la reducción del número de navieras de cuatro a tres en la ruta Algeciras–Tánger Med.

Por otro lado, en la zona del Sur Península – Ceuta, la adquisición permitiría a DFDS reforzar su posición como segundo operador, tras Baleària, al desaparecer Armas y reducirse el número de prestadores de tres a dos en la ruta Algeciras – Ceuta.

La CNMC ha señalado que la compra representa una modificación significativa en la estructura del mercado, con posibles riesgos de efectos horizontales unilaterales y coordinados, especialmente en la ruta Algeciras – Ceuta, donde DFDS se enfrentaría solo a la competencia de Baleària. Esta situación podría generar riesgos para la competencia en el mercado, dado que antes existían dos operadores que prestaban el servicio bajo Obligaciones de Servicio Público (OSP), y tras la operación, solo lo hará DFDS.

Ante esta situación, la CNMC considera necesario realizar un análisis más profundo de la operación en segunda fase. Aunque el paso a esta etapa no adelanta las conclusiones finales, la CNMC podrá solicitar más información a los operadores y las partes interesadas podrán presentar alegaciones en defensa de sus intereses legítimos. La resolución final podrá autorizar la operación, acordar compromisos, imponer condiciones o incluso prohibir la concentración para salvaguardar la competencia en el mercado marítimo.
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Por Redaccion

Pablo Arranz es licenciado en ADE por la Universidad Complutense y tiene un máster en Dirección de Personas y Desarrollo Organizativo por ESIC. Interesado en el networking y el social media, orienta su trayectoria hacia la gestión del talento y el desarrollo organizativo.

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