Los beneficiarios de la prestación por desempleo ya no tendrán la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), según lo establecido en un Real Decreto-ley ‘ómnibus’ publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta medida se ha tomado debido a que se considera que la exigencia de presentar la declaración del IRPF a los perceptores de la prestación por desempleo va más allá de lo que la norma pretende, por lo que se ha considerado necesario eliminar esta obligación.

De esta forma, los beneficiarios de la prestación por desempleo ya no tendrán que preocuparse por presentar la declaración del IRPF, lo que supondrá un alivio para muchas personas que se encuentran en esta situación.

Esta modificación en la normativa beneficiará a una gran cantidad de personas que reciben la prestación por desempleo, evitando trámites innecesarios y simplificando su situación fiscal.

En resumen, la eliminación de la obligación de presentar la declaración del IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo es una medida que busca facilitar la vida de quienes se encuentran en esta situación, eliminando una carga burocrática que no aportaba ningún beneficio adicional.
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Por Redaccion

Pablo Arranz es licenciado en ADE por la Universidad Complutense y tiene un máster en Dirección de Personas y Desarrollo Organizativo por ESIC. Interesado en el networking y el social media, orienta su trayectoria hacia la gestión del talento y el desarrollo organizativo.

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